Hay muchas personas que no tienen capacidad para tomar decisiones jurídicas y por ello requieren de asistencia particular para poder hacerlo. Debido a esto, se ha creado la figura de Curatela, cuya finalidad es brindar protección al patrimonio de los ciudadanos impedidos y de aquellos que, por algún motivo justificado, no puedan decidir por sí mismos sobre cuestiones legales.
Ahora bien, para ejercer la Curatela, será necesario que un juez lo autorice y además que se cumplan con determinados requerimientos destinados al garantizar el bienestar del impedido.
¿Qué es la Curatela en Murcia?
Es una figura jurídica por medio de la cual, se ofrece asistencia a un ciudadano impedido por incapacidad leve, para que de esta manera pueda ejercer actos jurídicos frente a terceros. Así, se garantiza que sus bienes y su patrimonio queden protegidos por medio de un Curador, el cual será autorizado legalmente para ejercer tales labores.
Sin embargo, es importante aclarar, que además de las personas con incapacidades leves, los menores emancipados y aquellos adultos que no pueden administrar sus posesiones, siendo considerados como pródigos. De igual forma, tienen el derecho de que se les asigne un Curador para que los represente ante la ley.
De esta forma, las personas que así lo requieran, pueden ejercer su voluntad, sus derechos y también cumplir con sus obligaciones, para lo cual se ha establecido un proceso jurídico, orientado a que un juez determine el grado de incapacidad o madurez del la persona en cuestión y así, designe al curador que considere más adecuado para atender las necesidades particulares del afectado.
¿Quiénes pueden tener Curatela en Murcia?
Para comenzar, recibirán la asistencia de un Curador aquellos menores de edad que han quedado sin la protección de los padres, porque ellos mismos no pueden ejercer labores de cuidado o porque han fallecido. Así, los niños o adolescentes que hayan ganado su emancipación también podrán requerir de apoyo según lo determine el juez del caso.
En otro sentido, estarán bajo este régimen de asistencia, los adultos a quienes se les hayan probado incapacidad para manejar debidamente sus bienes, y por ello requieran de asistencia para salvaguardar sus posesiones. En estos casos, el mayor de edad será considerado pródigo y, de esta forma, se le asignará un representante para que resguarde su patrimonio.
¿Cómo se relacionan la capacidad jurídica y la Curatela?
Sin hacer ningún tipo de distinciones, todas las personas tienen los mismos derechos ante la ley y también las mismas obligaciones; no obstante, pueden acaecer algunas circunstancias que limitan la capacidad para hacer valer tales derechos y cumplir con las obligaciones requeridas.
Por ello existe la Curatela, la cual es una figura jurídica que se ejerce por medio de un Curador, el cual será designado por el juez encargado del caso, para brindarle apoyo a quienes no pueden hacer valer su voluntad por sí mismos.
¿Cuáles son los tipos de Curatela en Murcia?
Según el ordenamiento jurídico, el tipo de procedimiento dependerá del sujeto que lo requiera, siendo los menores de edad los primeros a considerarse en el Código Civil, pues en los artículos 323 y 324, se establece que el Curador limitará su ejercicio a lo dictaminado por el juez, y sí este lo autoriza, entonces cumplirá la función de suplir a los padres.
Por su parte, la asistencia al pródigo se refiere a cuando un adulto no puede manejar correctamente sus bienes y, por lo tanto, requiere del apoyo de un tercero para hacerlo, en este sentido, el Curador actuará dentro de los límites que la sentencia del juez le permita. Asimismo, el menor de edad que haya ganado su emancipación, podría recibir asistencia de un curador, en el caso de que un juzgado lo considere necesario.
Igualmente, aquellas personas que sean diagnosticadas con incapacidad, pero tengan discernimiento, recibirán el apoyo de un tercero en aquellas cuestiones que sean pertinentes. En todo caso, esto dependerá del grado de independencia jurídica que cada uno de ellos pueda alcanzar.
¿Cuál es la diferencia entre tutela y Curatela?
En el ámbito jurídico es muy fácil diferenciar ambos conceptos, pues la tutela se le concede a una persona que será completamente responsable de un incapacitado declarado como un caso grave y que por lo tanto no puede valerse por sí mismo en ningún ámbito de su vida, ni tiene posibilidad de velar por su propio bienestar, necesitando de atención continua.
Mientras que la figura de Curatela, se aplica cuando el afectado presenta alguna discapacidad leve. Lo mismos ocurre cuando tiene una dificultad que le impide realizar algún trámite legal complejo, como puede ser la adquisición de una vivienda, siendo asistido únicamente para estas tramitaciones en específico.
¿Quién puede ser curador en Murcia?
En general, se designa como curadores a las personas elegidas por el propio sujeto que requiere de la asistencia, pudiendo ser un familiar, el conyugue o alguien cercano. Sin embargo, podría darse el caso de que el juez determine que ninguna de las personas cercanas al afectado es idónea para desempeñarse de forma adecuada. En tal supuesto el juez tiene plena autoridad para designar a alguien que sea capaz de atender adecuadamente las necesidades del afectado. Por eso es recomendable contar con un abogado especialista en el tema.
De esta manera, se encuentran en orden de prioridad para ejercer Curatela los padres, hijos, tíos, abuelos y hermanos dependiendo del vínculo que posean, de la edad y de las garantías que puedan ofrecer, en relación a otorgarle la mayor calidad de vida al afectado y en todo caso, la adecuada asistencia que este requiere.
Por lo tanto, es muy importante recordar que los curadores deben cumplir con aquello que el juez determine, sobre cómo y en cuales circunstancias la persona afectada requiere asistencia. Esto, con el objetivo de respetar su voluntad y en ningún caso vulnerar su poder de decisión, en cuanto a lo que él mismo considere más adecuado.
Se aclara que el curador es alguien que está dispuesto a ofrecer asesoría y representación legal, únicamente en aquellas cuestiones puntuales en las cuales el afectado presente limitaciones para respetar así la independencia del asistido.