Inversión en NPL y compra de créditos hipotecarios

La inversión en NPL consiste en adquirir créditos impagados, con frecuencia con garantía hipotecaria, mediante la cesión de créditos regulada en los artículos 1526 y siguientes del Código Civil, de modo que el comprador se subroga en la posición del banco frente al deudor y en el procedimiento de ejecución en curso. Vigueras y Carrillo Abogados asesora a inversores privados, sociedades, family offices y fondos en la compra de carteras de deuda, cesiones de crédito hipotecario y cesiones de remate, desde el análisis previo hasta la recuperación del activo, y dirige CessioCapital, su área especializada en crédito hipotecario cedido.

Intervenimos tanto en la adquisición de créditos individuales como en operaciones sobre carteras de deuda, desde el análisis inicial de la oportunidad hasta la formalización de la cesión, la inscripción de la garantía, la sucesión procesal y la posterior estrategia de recuperación.

Nuestro despacho cuenta con más de una década de experiencia en Derecho Bancario, Concursal y Procesal. Prestamos asesoramiento desde Murcia en operaciones situadas en cualquier punto de España, coordinando cuando resulta necesario a procuradores, notarios, registradores, tasadores, administradores de fincas y otros profesionales.

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Antes de comprometer capital analizamos, entre otros elementos:

  • La titularidad y cadena de transmisión del crédito.
  • La existencia, cuantía y vencimiento de la deuda.
  • La validez y rango de la garantía hipotecaria.
  • La situación registral y judicial.
  • La solvencia y situación concursal del deudor.
  • Las posibles cláusulas abusivas o motivos de oposición.
  • La valoración y situación posesoria del inmueble.
  • Los costes y plazos previsibles de recuperación.
  • La estructura contractual de la adquisición.
  • Las obligaciones regulatorias posteriores a la compra.

Nuestro objetivo no es presentar una rentabilidad teórica, sino determinar si la operación cuenta con una base jurídica suficiente, qué riesgos pueden afectar a la recuperación y qué estrategia puede resultar más adecuada después de la adquisición.

Si está estudiando la compra de un crédito o una cartera de deuda, puede remitirnos la documentación disponible. Delimitaremos el alcance de la revisión jurídica y las actuaciones necesarias antes de la firma.

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Le asistimos legalmente

Asesoramiento jurídico para invertir en NPL

Un NPL —non-performing loan o crédito dudoso— es un crédito que presenta incumplimientos o dificultades de recuperación. Su adquisición puede permitir al inversor comprar una posición acreedora por debajo del importe nominal, pero el descuento no determina por sí solo que exista una buena oportunidad.

El valor de una inversión en deuda depende de la posibilidad real de recuperar el crédito y del tiempo, coste y riesgo necesarios para conseguirlo.

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Nuestra metodología de trabajo

Due diligence jurídica de créditos hipotecarios

La due diligence permite comprobar si la información facilitada por el vendedor coincide con la realidad contractual, registral y procesal.

No se limita a confirmar que existe una hipoteca. Debe analizar toda la operación de origen, su evolución y las posibles defensas que podrían oponerse frente al nuevo acreedor.

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Titularidad y cadena de transmisión del crédito

Comprobamos que el vendedor sea titular del crédito y que pueda transmitirlo válidamente.

La revisión puede incluir:

  • Contrato o escritura de préstamo.
  • Escritura de constitución de hipoteca.
  • Novaciones y ampliaciones.
  • Cesiones anteriores.
  • Operaciones societarias del acreedor.
  • Fusiones o sucesiones universales.
  • Titulización del crédito.
  • Certificaciones de saldo.
  • Documentos de adquisición del vendedor.
  • Inscripciones registrales.
  • Poderes de representación.

Una cadena de titularidad incompleta puede ocasionar problemas para formalizar la operación, inscribir la cesión o acreditar la legitimación en un procedimiento judicial.

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Existencia, cuantía y exigibilidad de la deuda

Analizamos la composición del saldo reclamado y comprobamos si existe documentación suficiente para justificarlo.

Revisamos:

  • Capital pendiente.
  • Intereses ordinarios.
  • Intereses de demora.
  • Comisiones.
  • Gastos repercutidos.
  • Pagos realizados.
  • Acuerdos de refinanciación.
  • Quitas o esperas anteriores.
  • Vencimiento anticipado.
  • Prescripción o caducidad.
  • Reclamaciones extrajudiciales.
  • Reconocimientos de deuda.
  • Resoluciones judiciales existentes.

No debe identificarse automáticamente el saldo indicado por el vendedor con el importe recuperable. Determinadas partidas pueden ser discutidas, reducidas o excluidas.

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Validez de la garantía hipotecaria

La existencia de una escritura hipotecaria no garantiza por sí sola que toda la deuda pueda reclamarse mediante la acción hipotecaria.

Comprobamos:

  • Identificación del inmueble.
  • Titularidad del hipotecante.
  • Importe garantizado.
  • Responsabilidad hipotecaria.
  • Rango de la hipoteca.
  • Existencia de cargas anteriores y posteriores.
  • Plazo de la garantía.
  • Distribución de responsabilidad entre fincas.
  • Tasación para subasta.
  • Domicilio para notificaciones.
  • Posibles defectos formales.
  • Cancelaciones o modificaciones.
  • Correspondencia entre Registro, escritura y préstamo.

También diferenciamos entre la responsabilidad personal del deudor y el alcance de la garantía real.

Más sobre este servicio

Sucesión procesal del nuevo acreedor

Cuando el crédito ya es objeto de un procedimiento judicial, la firma de la cesión no provoca por sí sola el cambio automático de parte.

El adquirente puede solicitar que se le tenga como parte en la posición ocupada por el cedente, acreditando la transmisión. La parte contraria dispone de la posibilidad de formular oposición, y el tribunal resolverá cuando concurra alguna de las circunstancias legalmente previstas.

Antes de solicitar la sucesión procesal revisamos:

Nuestro asesoramiento incluye la preparación de la solicitud y el seguimiento hasta la resolución sobre el cambio de parte.

Vigueras y Carrillo Abogados

Te acompañamos en operaciones de cesión de créditos hipotecarios

Si está valorando la compra de un crédito hipotecario o de una cartera de NPL, remítanos la escritura de préstamo, la certificación de saldo y la nota simple. Le diremos si el crédito es lo que el vendedor dice, qué defensas puede oponer el deudor y qué coste y plazo previsibles tiene la recuperación.

Preguntas frecuentes sobre inversión en NPL y créditos hipotecarios

Resolvemos todas sus dudas

¿Qué es un NPL?

NPL es la abreviatura de non-performing loan. Se utiliza para identificar créditos que presentan impagos o dificultades de recuperación.

La clasificación financiera del crédito no determina por sí sola su valor jurídico ni la posibilidad real de recuperación.

En términos generales, una persona física o jurídica puede adquirir un crédito, pero debe analizarse si la operación se realiza de forma ocasional o profesional, la condición del prestatario y las obligaciones regulatorias aplicables.

Antes de comprar debe estudiarse también cómo se administrará y recuperará el crédito.

Con carácter general, la cesión del crédito no depende del consentimiento del deudor, salvo que exista una limitación legal o contractual aplicable.

No obstante, la comunicación resulta relevante para identificar al nuevo acreedor y evitar que el pago realizado al cedente produzca efectos liberatorios.

La cesión del crédito comprende sus derechos accesorios, incluida la garantía hipotecaria. La transmisión de la titularidad de la hipoteca debe formalizarse mediante escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad.

Puede solicitar la sucesión procesal acreditando la transmisión.

La sustitución no es automática y la parte contraria puede oponerse en los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

No.

La cesión no elimina los defectos del crédito, las posibles causas de nulidad, los pagos realizados, las defensas del deudor ni las incidencias procesales existentes.

Por eso es esencial revisar toda la vida del préstamo antes de comprarlo.

Como mínimo, conviene disponer de:

  • Contrato o escritura de préstamo.
  • Escritura hipotecaria.
  • Certificación de saldo.
  • Histórico de pagos.
  • Nota simple actualizada.
  • Cesiones anteriores.
  • Comunicaciones con el deudor.
  • Expediente judicial, si existe.
  • Tasación o valoración del inmueble.
  • Información sobre ocupación y cargas.
  • Datos sobre concurso o insolvencia.

La documentación necesaria puede variar según la operación.

La rentabilidad no debe calcularse únicamente comparando el precio de compra con el saldo nominal.

Debe considerarse:

  • Importe razonablemente recuperable.
  • Tiempo estimado.
  • Probabilidad de cobro.
  • Gastos jurídicos.
  • Costes procesales.
  • Impuestos.
  • Gastos registrales.
  • Administración del crédito.
  • Financiación.
  • Costes de posesión y venta.
  • Riesgo de pérdida parcial o total.

El despacho presta asesoramiento jurídico, no asesoramiento financiero ni garantiza la rentabilidad de la inversión.

Depende de la situación.

La negociación puede ofrecer una recuperación más rápida y reducir gastos, mientras que la ejecución puede ser necesaria cuando no existe voluntad o capacidad de pago.

La decisión debe adoptarse después de analizar el patrimonio, la garantía, el procedimiento y los objetivos del inversor.

Sí, pero la situación concursal puede afectar a su clasificación, ejecución, cobro y valor.

Antes de comprar deben revisarse el concurso, la lista de acreedores, las garantías, las posibles impugnaciones y la fase del procedimiento.

Al comprar un NPL se adquiere una posición acreedora, no directamente la propiedad del inmueble.

La adquisición del activo puede producirse posteriormente mediante acuerdo, dación en pago, adjudicación judicial u otra operación.

Cada vía tiene costes, riesgos y efectos diferentes.

Sí, siempre que el titular pueda transmitirlo y la operación se formalice correctamente.

Debe revisarse el estado exacto de la ejecución, los plazos de la subasta y la documentación necesaria para solicitar la sucesión procesal.

El plazo depende del número de créditos, la calidad de la documentación, el estado procesal y la complejidad de las garantías.

Después de una primera revisión podemos delimitar el trabajo necesario y facilitar una estimación.

Sí.

El despacho está situado en Murcia, pero presta asesoramiento en operaciones de compra de créditos y garantías situadas en cualquier punto de España, coordinando la actuación procesal y registral que resulte necesaria.

Sí.

La revisión preliminar puede permitir identificar incidencias críticas antes de presentar una oferta vinculante o pagar una cantidad a cuenta.

También podemos indicar qué documentación adicional debe solicitarse al vendedor.

Web especializada

Para el análisis y la dirección jurídica de posiciones de crédito hipotecario cedido, visite CessioCapital, el área de Vigueras y Carrillo Abogados dedicada a la inversión en NPL y créditos hipotecarios cedidos.

Contacto

Solicite una revisión jurídica de su operación

Conviene solicitar asesoramiento antes de comprometer capital cuando:

  • Está valorando la compra de un crédito hipotecario.
  • Ha recibido una oportunidad de inversión en NPL.
  • Quiere adquirir una cartera de deuda.
  • El crédito ya se encuentra en ejecución.
  • El inmueble tiene cargas u ocupantes.
  • La documentación facilitada está incompleta.
  • Existen dudas sobre el saldo o la garantía.
  • El deudor se encuentra en concurso.
  • Necesita negociar el contrato de cesión.
  • Debe solicitar la sucesión procesal.
  • Quiere definir la estrategia de recuperación.
  • Necesita un abogado para gestionar la inversión después de la compra.

En Vigueras & Carrillo Abogados revisaremos la documentación, identificaremos los riesgos jurídicos y delimitaremos las actuaciones necesarias antes y después de la adquisición.

Llámenos al 968 979 702, contacte por WhatsApp o complete el formulario. Nuestro equipo se pondrá en contacto con usted para concertar una reunión confidencial sobre su operación de inversión en NPL o compra de créditos hipotecarios.