En junio de 2026, Economía Digital publicó la noticia del concurso de acreedores de Soso Factory, la empresa murciana que convirtió la sal en producto gourmet y llegó a venderse en el Club del Gourmet de El Corte Inglés. El Tribunal de Instancia de Murcia, Sección de lo Mercantil, declaró el concurso y designó administrador concursal a este despacho, Vigueras y Carrillo Abogados.
El caso tiene una particularidad procesal que merece explicarse, porque desmonta la idea de que todo concurso pasa por intentar un acuerdo con los acreedores: la propia empresa pidió, junto con la declaración de concurso, la apertura directa de la fase de liquidación. Lo que sigue se apoya exclusivamente en la información ya publicada y en lo que dice la ley; sobre el procedimiento concreto no corresponde añadir nada más.
Un concurso voluntario que empieza por el final
Según la información publicada, Soso Factory —fundada en Murcia en 2008, conocida por sus envases con forma de huevo y por comercializar flor de sal de las salinas de San Pedro del Pinatar— arrastraba dos ejercicios en pérdidas, con una cifra de negocio en caída y una estructura de costes que superaba con creces los ingresos. Fue la propia sociedad quien presentó la solicitud de concurso reconociendo que no podía atender sus pagos.
Hasta aquí, un concurso voluntario como tantos. La particularidad es que la empresa no pidió tiempo para negociar un convenio: pidió directamente liquidar.
¿Se puede pedir el concurso y la liquidación a la vez?
Sí. El artículo 406 del texto refundido de la Ley Concursal permite al deudor pedir la liquidación en cualquier momento, y añade algo importante: el juez, dentro de los diez días siguientes a la solicitud, dictará auto abriendo la fase de liquidación. No es una facultad discrecional del juzgado; la petición del deudor es vinculante.
¿Por qué renunciaría una empresa a intentar un convenio? Porque el convenio solo tiene sentido cuando existe un negocio que salvar. Si la actividad ya no es viable, prolongar el procedimiento solo consume la masa activa —el patrimonio con el que se pagará a los acreedores— en costes de estructura. Pedir la liquidación de entrada es, en esos casos, la decisión más honesta con los acreedores.
Los efectos: disolución, cese de administradores y créditos vencidos
La apertura de la liquidación de una sociedad produce efectos inmediatos y automáticos:
- Disolución de la sociedad. El artículo 413 del texto refundido establece que la resolución que abre la liquidación contendrá la declaración de disolución de la persona jurídica, si no estuviera ya disuelta.
- Cese de los administradores. Los administradores o liquidadores sociales cesan y son sustituidos a todos los efectos por la administración concursal, aunque conservan la representación de la concursada dentro del propio procedimiento.
- Vencimiento anticipado de los créditos. Por el artículo 414, los créditos concursales aplazados se consideran vencidos y los que consistan en prestaciones distintas del dinero se convierten en su equivalente dinerario. Los acreedores no tienen que esperar al vencimiento pactado de sus facturas o préstamos.
Qué hace la administración concursal en una liquidación
Con la liquidación abierta, la administración concursal asume la gestión del patrimonio de la concursada con un mandato claro: convertir la masa activa en dinero de la forma más eficiente posible y pagar a los acreedores siguiendo el orden legal de prelación —créditos contra la masa, privilegiados, ordinarios y subordinados—.
Eso exige elaborar el inventario y la lista de acreedores, resolver la situación de los contratos y de los trabajadores si los hubiera, enajenar los activos conforme a las reglas legales y rendir cuentas al juzgado de cada paso. Es un trabajo menos visible que un juicio, pero del que depende que los acreedores cobren lo máximo que la masa permita.
Si eres acreedor de una empresa en concurso
El paso esencial es comunicar tu crédito a la administración concursal (artículo 255 del texto refundido), dentro del plazo señalado en el auto de declaración —con carácter general, un mes desde la publicación del concurso en el BOE—. La comunicación debe identificar el crédito, su cuantía, fechas de adquisición y vencimiento y la garantía que lo respalde, acompañando los documentos que lo acrediten. Un crédito comunicado tarde o mal documentado puede acabar clasificado como subordinado, que en la práctica es el último lugar de la fila.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre convenio y liquidación?
El convenio es un acuerdo con los acreedores (quitas, esperas o ambas) que permite a la empresa continuar; la liquidación convierte el patrimonio en dinero para repartirlo según el orden legal y conduce a la extinción de la sociedad.
¿La liquidación significa que los acreedores no cobrarán?
No necesariamente. Cobrarán en la medida en que la masa activa lo permita y por el orden legal de prelación. Precisamente por eso importa que la liquidación se abra pronto, antes de que el deterioro consuma el patrimonio.
¿Quién decide que se abra directamente la liquidación?
El propio deudor puede pedirla en cualquier momento y el juez debe abrirla en los diez días siguientes (artículo 406 del texto refundido de la Ley Concursal). También se abre, entre otros casos, cuando no se alcanza o se incumple un convenio.
¿Qué pasa con los administradores de la sociedad?
Cesan en sus funciones y son sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de seguir representando a la concursada en el procedimiento. Además, la sección de calificación examinará si la insolvencia se generó o agravó con dolo o culpa grave, algo que explicamos en detalle en este artículo sobre la responsabilidad del administrador.
Concursal es lo que hacemos, no solo lo que contamos
Este despacho interviene en procedimientos concursales en todas las posiciones: como administración concursal designada por los juzgados, como abogados del deudor que necesita ordenar su insolvencia y como abogados de acreedores que quieren cobrar. Si tu empresa atraviesa dificultades, en esta guía sobre preconcurso, reestructuración y concurso explicamos las opciones y los plazos que corren.
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